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LEY DE MIGRACIÓN

LEY DE MIGRACIÓN

DECRETO NUMERO 95 98

  • DECRETO NUMERO 95 98
  • Disposiciones Generales
  • Del Objeto y Campo de Aplicación
  • La presente ley tiene por objeto
  • disposiciones
  • De las Autoridades Migratorias
  • Del Ministerio de Gobernación y de la Dirección General de Migración
  • El Ministerio de Gobernación
  • Corresponden a la Dirección General de Migración, las funciones siguientes:
  • la Dirección General
  • El Director General de Migración
  • Para ocupar los cargos de Director General
  • Son funciones del Director General
  • Del Consejo Nacional de Migración
  • Se crea el Consejo Nacional de Migración el cual se integra de la forma siguiente:
  • Son atribuciones del Consejo Nacional de Migración las siguientes
  • El Consejo Nacional de Migración
  • De las Categorías Migratorias
  • Clasificación
  • Los que ingresen al territorio nacional
  • Los requisitos y procedimientos
  • De los no residentes
  • Se consideran personas en tránsito
  • Se consideran turistas o visitantes
  • De los Residentes Temporales
  • Se consideran residentes temporales
  • El extranjero que desee obtener su residencia temporal
  • Todo lo relacionado con asilados, refugiados y apátridas
  • Se consideran refugiados a los extranjeros
  • Son apátridas las personas
  • Podrán optar a la categoría de residentes permanentes
  • De los Residentes Permanentes
  • Se consideran residentes permanentes
  • Son asilados los extranjeros
  • SE De los Residentes Pensionados y Residentes Rentistas
  • Podrán solicitar la categoría de residentes pensionados
  • Para los efectos de esta ley
  • Para la obtención de la residencia
  • Los beneficios de esta ley
  • Los pensionados o rentistas
  • Las personas que hayan adquirido la calidad
  • Los extranjeros que adquieran la calidad de residentes
  • Las personas que hayan adquirido la calidad de residentes
  • Los residentes permanentes o rentistas no podrán ocuparse de labores remuneradas.
  • Las personas que renuncien a los beneficios de esta ley
  • Los intensados podrán tramitar sus solicitudes
  • La Dirección General de Migración
  • La condición de residentes pensionados o residentes rentistas
  • Si la causa de la pérdida de calidad
  • El residente pensionado y el residente rentista que dejare de percibir el ingreso
  • Las personas que hayan obtenido su residencia permanente
  • Las personas que hayan adquirido
  • El residente pensionado o residente rentista deberá informar
  • De Otras Categorías de Residentes Permanentes
  • Los extranjeros que tengan como mínimo un año de estar casados
  • Disposiciones Comunes
  • .Los extranjeros que obtengan residencia temporal o permanente
  • Los residentes perderán su calidad por las siguientes causas
  • Los residentes permanentes y temporales
  • Del Registro de Extranjeros Residentes
  • Del Registro
  • Se crea el Registro de extranjeros residentes
  • Los extranjeros a quienes se les haya otorgado
  • A los extranjeros residentes inscritos en el Registro
  • De los Documentos de Viaje
  • De la Clasificación
  • De los Pasaportes
  • El pasaporte es el documento de viaje
  • De los Pasaportes Ordinarios
  • Los pasaportes son de carácter individual
  • Los pasaportes ordinarios
  • Para extender pasaporte a menores de edad
  • En caso de robo, hurto, extravío, deterioro o destrucción de la libreta de pasaporte
  • La libreta de pasaporte será nula
  • De los Pasaportes Diplomáticos y Oficiales
  • Los pasaportes diplomáticos
  • También tendrán derecho a pasaporte diplomático
  • Los pasaportes oficiales son los extendidos a funcionarios y empleados
  • Los pasaportes oficiales tendrán una validez compatible
  • Las características de los pasaportes diplomático y oficial se determinarán en el reglamento.
  • Pase Especial de Viaje
  • La Dirección General de Migración
  • De la Tarjeta de Visitante o Turista
  • Todo visitante o turista que formando
  • La tarjeta de visitante o turista será válida para permanecer en el territorio nacional
  • La Dirección General de Migración
  • En caso de pérdida o extravío de la tarjeta de visitante o turista
  • La falsa declaración con respecto al origen
  • La Dirección General de Migración
  • Cualquier alteración de la tarjeta de visitante o turista será motivo para rechazarla.
  • disposiciones de esta sección serán aplicables sin perjuicio
  • De la Visa
  • Disposiciones Generales
  • La visa constituye la autorización de ingreso
  • La visa constituye la autorización de ingreso
  • La visa sólo se extenderá
  • No se otorgará visa de ingreso a quienes no cumplan
  • Para ingresar a territorio nacional
  • La Dirección General de Migración
  • Cuando se trate de extranjeros
  • Los funcionarios de Guatemala acreditados en el exterior
  • De la Clasificación de las Visas
  • Las visas podrán ser simples o múltiples.
  • La Dirección General de Migración
  • De las Características de las Visas
  • Las visas de visitante o turista
  • La visa de visitante será extendida al extranjero
  • Las visas para residentes serán múltiples
  • La visa de tránsito
  • Las visas de tránsito se otorgarán en los Consulados de Guatemala
  • EI Ministerio de Relaciones Exteriores
  • La visa de negocios
  • La Dirección General de Migración
  • Control Migratorio del Ingreso, Salida y Reingreso
  • Del Control Migratorio
  • El Control migratorio
  • La Dirección General de Migración
  • Se considera ilegal la permanencia del extranjero
  • Del Ingreso
  • El ingreso al territorio nacional
  • Todas las personas extranjeras
  • La Dirección General de Migración
  • La Dirección General de Migración
  • De la Salida y Reingreso
  • La persona que pretenda salir del territorio nacional
  • Para autorizar la salida del territorio
  • La Dirección General de Migración
  • Régimen Financiero
  • Disposiciones Generales
  • La Dirección General de Migración contará
  • El reglamento establecerá
  • De los Medios de Transporte
  • La Dirección General de Migración
  • Las empresas de transporte internacional
  • Las empresas de transporte internacional
  • Si la Dirección General de Migración
  • De los Delitos y las Faltas
  • Del los Delitos
  • Comete el delito de ingreso ilegal de personas
  • Comete el delito de tránsito ilegal de personas
  • Comete el delito de transporte de ilegales
  • Comete el delito de ocultación de ilegales
  • Comete el delito de contratación de ilegales
  • Cuando las conductas descritas en los artículos anteriores
  • De las Faltas
  • Las extranjeros que ingresen o permanezcan en el país
  • La Dirección General de Migración
  • La Dirección General de Migración
  • Serán sancionados con la deportación a su país de origen
  • APrevio a la deportación de un extranjero por las infracciones
  • Serán sancionados con la expulsión a su país de origen
  • La Dirección General de Migración
  • Recursos
  • Contra las resoluciones dictadas en materia migratoria
  • Disposiciones Transitorias y Finales
  • La Dirección General de Migración
  • Se otorga un plazo de ciento ochenta días
  • El Consejo Nacional de Migración
  • Se deroga el Decreto Número 7-97 del Congreso de la República
  • El presente Decreto entrará en vigencia
  • PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO