LEY DE MIGRACIÓN

LEY DE MIGRACIÓN

DECRETO NUMERO 95 98


LEY DE MIGRACIÓN

Artículo 6.El Director General de Migración y los Jefes del Departamento Jurídico y de Auditoria, serán nombrados por el Ministerio de Gobernación; el Director General Adjunto, los Subdirectores, Gerentes y demás jefes de Departamento, así como el personal requerido para el desarrollo de sus funciones, serán nombrados por el Director General de Migración.


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