REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA
Artículo 5. Principio de Igualdad. Tanto en su organización como en la prestación de sus servicios, el INACIF velará por un trato igualitario sin distinción alguna de género, raza, edad, posición económica y social.
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