REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA

ACUERDO NUMERO 001-2007

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ACUERDO NUMERO 001-2007

Artículo 6. Funciones. El INACIF y sus peritos tienen la función de practicar los peritajes y emitir los dictámenes legales a requerimiento del solicitante autorizado por la Ley, para ser utilizados directa y exclusivamente en los procesos legales correspondientes.


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