REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 206-2004


REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

ARTÍCULO 49. TRANSITORIO. PERÍODO EXTRAORDINARIO Y CRÉDITO DE IVA A CUENTA DEL IMPUESTO A LAS PERSONAS INDIVIDUALES. Las personas individuales que se acojan al régimen establecido en el artículo 72  de la Ley y las que obtengan ingresos por la prestación de servicios personales en relación de dependencia, presentarán una declaración jurada por el período extraordinario del 1 de julio al 31 de diciembre de 2004. Asimismo, tienen derecho en el período mencionado a aplicar el crédito a cuenta del Impuesto Sobre la Renta por el Impuesto al Valor Agregado pagado en la adquisición de bienes y servicios, efectuados durante ese período, observando lo que establece el artículo 37 “A”


Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.


Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.