LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLÍTICOS

LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLÍTICOS

LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLÍTICOS


LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLÍTICOS

ARTICULO 61. Modificación de la escritura constitutiva. La escritura constitutiva de un comité proformación de un partido político,

puede ser modificada en cualquier momento, antes de la formalización del instrumento notarial por medio del cual ha de constituirse el

partido, llenando las formalidades señaladas por el artículo 52 de esta ley.


Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.


Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.