LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

DECRETO NÚMERO 21-2006

LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA


DECRETO NÚMERO 21-2006

Artículo 109. Supletoriedad. Son aplicables supletoriamente a esta Ley, las disposiciones del

Código Penal, Código Procesal Penal, Ley del Organismo Judicial, así como las comprendidas

en leyes especiales en materia penal.


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