CÓDIGO DE SALUD
ARTICULO 162. De los productos farmacéuticos y otros fines. Las disposiciones en este campo están orientadas a la regulación y vigilancia sanitaria de Ia producción, importación, exportación y comercialización de estos productos.
Asimismo a la evaluación de conformidad. registro sanitario e inscripción de los productos contemplados en el Capítulo y de los diferentes establecimientos que los producen y comercializan.
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