CODIGO DE NOTARIADO

CODIGO DE NOTARIADO

DECRETO NUMERO 314


CODIGO DE NOTARIADO

Artículo 43. Las escrituras de donación por causa de muerte contendrán las mismas formalidades que el testamento.

Articulo 44. En los testamentos y donaciones por causa de muerte son formalidades esenciales. además de las consignadas en el Artículo 31, las siguientes:

  1. La hora en que se otorgan.
  2. La presencia de dos testigos.
  3. La expresión por el testador, de su ultima voluntad.
  4. La lectura del testamento o de la donación en su caso.
    1. Las firmas del otorgante o su impresión digital, en su caso, de los testigos y del notario, y de los interpretes, si los hubiere.

Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.


Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.