REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA
Artículo 9. Organización. El INACIF estará organizado de la siguiente forma:
1) Consejo Directivo.
2) Dirección General.
2.1) Asesoría Técnica Jurídica.
2.2) Auditoria Interna.
2.3) Supervisión
2.4) Gestión y Acreditamiento de la Calidad.
2.5) Cooperación Internacional.
3) Departamento Técnico Científico:
3.1) Unidad de Criminalística: Sección de Documentoscopia, Sección de Análisis de Voz, Sección de Dactiloscopia, Sección de Identificación de Vehículos, Sección de Balística, Sección de Análisis de Evidencia Digital, Sección de Toxicología, Sección Físico Química, Sección de Sustancias Controladas, Sección de Serología, Sección de Genética Forense, Sección de Análisis Histopatológicos y otros que deberán implementarse de acuerdo a las necesidades del sistema de justicia.
3.2) Unidad de Servicios Médico Forenses: Sección de Estudios Necrológicos y Sección de Clínicas Médicas con sus especialidades.
3.3) Unidad de Seguimiento Pericial: Sección de Recepción Control y Distribución de Indicios, Sección de Cotejo y Revisión, Sección de Investigación y Desarrollo Científico Pericial.
4) Departamento Administrativo Financiero
4.1) Unidad Financiera,
4.2) Unidad Administrativa,
4.3) Unidad de Recursos Humanos y
4.4) Unidad de Informática.
4.4) Unidad de Planificación.
4.4) Unidad de Seguridad.
5) Departamento de Capacitación
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