REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA
Artículo 2. Definiciones. Para los efectos de la Ley y del presente reglamento se entenderá por:
LEY: La ley Orgánica del Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala.
REGLAMENTO: El reglamento general de la Ley Orgánica del Instituto de Ciencias Forenses de Guatemala.
INACIF: El Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala, organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio que tiene a su cargo las facultades que le encomienda la Ley con competencia a nivel nacional.
INVESTIGACION CIENTIFICA FORENSE: Las diligencias que realizan los peritos del INACIF con estricto apego a los preceptos de cada ciencia o técnica y a la legislación vigente, con el fin de emitir un dictamen forense en auxilio de la justicia.
SERVICIO FORENSE: La asistencia que presta el INACIF mediante la investigación científica en sus laboratorios, a solicitud de las personas autorizadas por ley para que surta sus efectos legales correspondientes.
ORDEN DE PERITAJE: La instrucción escrita mediante la cual se da inicio a la aplicación del servicio forense del INACIF.
PERITO: El especialista en las diferentes técnicas y ramas de la ciencia que bajo juramento de ley tiene la función de prestar por designación legal sus servicios exclusivamente en el INACIF, emitiendo dictámenes técnicos científicos en losprocesos legales correspondientes.
PERITAJE TÉCNICO CIENTÍFICO: Las actividades que en su proceso de trabajo en el INACIF, realizan los peritos con riguroso apego a las metodologías y protocolos técnicos científicos modernos y aprobados por el INACIF, que le permiten arribar a un dictamen imparcial y confiable, con profesionalidad y ética.
DICTAMEN TÉCNICO CIENTÍFICO, DICTÁMEN FORENSE ó DICTAMEN
PERICIAL: El documento que contiene las conclusiones técnicas científicas fundadas a las que arriba el perito, con explicación detallada y descriptiva de las operaciones practicadas y del por que llega a esa conclusión.
EVIDENCIAS: Las muestras, vestigios, rastros, huellas, documentos u objetos remitidos al INACIF para su estudio, análisis e investigación técnica científica.
RECURSOS TÉCNICOS: Los medios, insumos, reactivos e instrumentos queutilizan los peritos para la realización de sus funciones.
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