REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA

ACUERDO NUMERO 001-2007

REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA


ACUERDO NUMERO 001-2007

Artículo 31. Concurso de Oposición. Para la selección del personal que laborará definitivamente en el INACIF, se deberá hacer la convocatoria correspondiente al concurso de oposición. La primera vez se realizará dentro de los primeros seis meses de funcionamiento del INACIF, la que deberá ser publicada por lo menos con treinta días de anticipación en el Diario Oficial y en otro de mayor circulación en el país, especificándose los requisitos para las plazas correspondientes.

Para el Concurso de Oposición, podrán hacerse evaluaciones psicológicas y psicometrías, pruebas técnicas, evaluaciones científicas teóricas o practicas según proceda y entrevistas.

Los trabajadores del Organismo Judicial, Ministerio Público y Ministerio de Gobernación que laboren en el área forense tendrán preferencia en la selección final del Concurso de Oposición, dependiendo exclusivamente del resultado obtenido en el concurso.


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