REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 206-2004


REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

ARTÍCULO 46.  REGISTRO DE CONTADORES.  La Administración Tributaria llevará un Registro de Contadores, en el cual están obligados a inscribirse todos los Contadores Públicos y Auditores y los Peritos Contadores, facultados para ejercer su profesión y actuar ante la misma.  El Colegio de Profesionales de las Ciencias Económicas, deberá enviar mensualmente a la Administración Tributaria un listado de los Contadores Públicos y Auditores colegiados activos.


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