LEY DEL ORGANISMO EJECUTIVO

LEY DEL ORGANISMO EJECUTIVO

DECRETO NÚMERO 114-97


LEY DEL ORGANISMO EJECUTIVO

Artículo 15. Adecuación del reglamento orgánico interno. Cuando así se, considere, los titulares de las Secretarías de la Presidencia establecidas en la presente ley, elaborarán y propondrán a Presidente de la República, para su aprobación, un proyecto de, modificaciones al reglamento orgánico interno de la Secretaría a su cargo.

El Presidente de la República tendrá además de las Secretarias señaladas en esta ley, las que sean necesarias para el apoyo de sus funciones; la regulación y atribuciones de éstas, serán determinadas por la misma norma de su creación.

 


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