LEY SOBRE EL IMPUESTO DE HERENCIA

LEY SOBRE EL IMPUESTO DE HERENCIA

LEY SOBRE EL IMPUESTO DE HERENCIA, LEGADOS, CON SUS REFORMAS Y SUS REGLAMENTOS


DECRETO NUMERO 431 DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA

Artículo 61. En los departamentos de la República, las funciones que esta ley establece para el Ministerio Público, serán desempeñarlas por el Intendente de Hacienda, a menos que se designe un representante específico de dicha institución.


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