LEY QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA PENA DE MUERTE
PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION,
PROMULGACION Y PUBLICACIÓN.
DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN
LA CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS TREINTA DIAS DEL
MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.
CARLOS ALBERTO CARCIA REGAS
PRESIDENTE
ENRIQUE ALEJOS CLOSE EFRAIN OLIVA MURALLES
SECRETARIO SECRETARIO
PALACIO NACIONAL: Guatemala, veinticinco de noviembre de mil
Novecientos noventa y seis
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
ARZU IRIGOYEN
RODOLFO A. MENDOZA RASALES
MINISTERIO DE GOBERNACION
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