LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD

DECRETO NUMERO 18-2008

LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD


DECRETO NUMERO 18-2008

Artículo 9. Integración del Consejo Nacional de Seguridad. El Consejo Nacional de Seguridad es la máxima autoridad del Sistema Nacional de Seguridad; lo preside el Presidente de la República, quien toma las decisiones, y además lo integran:

a) Vicepresidente de la República;

b) Ministro de Relaciones Exteriores;

c) Ministro de Gobernación;

d) Ministro de la Defensa Nacional;

e) Secretario de Inteligencia Estratégica del Estado; y,

f) Procurador General de la Nación.

 


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