LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLÍTICOS
ARTICULO 3. Derechos y deberes de los ciudadanos. Son derechos y deberes inherentes a los ciudadanos:
a) Respetar y defender la Constitución Política de la República.
b) Inscribirse en el Registro de Ciudadanos y obtener el Documento de Identificación Personal que lo faculte para poder ejercitar los derechos y cumplir los deberes a que se refiere el presente artículo.
c) Elegir y ser electo.
d) Ejercer el sufragio.
e) Optar a cargos públicos.
f) Velar por la libertad y efectividad del sufragio y la pureza del proceso electoral.
g) Defender el principio de alternabilidad y no reelección en el ejercicio de la Presidencia y Vicepresidencia de la República.
h) Desempeñar las funciones electorales para las que sean designados.
Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.
Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.