LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLÍTICOS

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ARTICULO 191. Del trámite del recurso de apelación. Interpuesto el recurso, con notificación a los interesados, el expediente y un

informe circunstanciado se elevarán al Tribunal Supremo Electoral en un plazo de tres días. El Tribunal Supremo Electoral dará audiencia

a los interesados por el plazo de tres días y con su contestación o sin ella, en el plazo de ocho días será dictada la resolución

correspondiente.

El Tribunal Supremo Electoral recibirá las pruebas que le ofrezcan y podrá solicitar los informes que estime pertinentes.

Se abrirá a prueba el expediente únicamente a solicitud de parte o si el Tribunal Supremo Electoral lo estima pertinente, por el plazo de

cinco días.


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