LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLÍTICOS

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LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLÍTICOS

ARTICULO 199. Clases de comicios:

a) Elecciones generales que comprenden: La elección de Presidente y Vicepresidente de la República, así como de los diputados al Congreso de la República y Corporaciones Municipales.

b) Elección de diputados a la Asamblea Nacional Constituyente.

c) Elección de diputados al Parlamento Centroamericano.

d) Consulta popular.


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