LEY DEL RÉGIMEN PENITENCIARIO

DECRETO NUMERO 33-2006

LEY DEL RÉGIMEN PENITENCIARIO


DECRETO NUMERO 33-2006

Artículo 2. Sistema Penitenciario. El Sistema Penitenciario debe tender a la readaptación social y a la reeducación de las personas privadas de libertad y cumplir con las normas que le asigna la Constitución Política de la República, los convenios y tratados internacionales en DECRETO NÚMERO 33-2006 materia de derechos humanos de los que Guatemala sea parte así como lo dispuesto en las demás leyes ordinarias.


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