LEY DEL RÉGIMEN PENITENCIARIO
Artículo 36. Requisitos para ejercer el cargo de Director del Sistema Penitenciario. Los requisitos mínimos para ser nombrado Director del Sistema Penitenciario son los siguientes:
a) Ser guatemalteco;
b) Mayor de treinta años de edad; y,
c) Poseer título universitario, en el grado de licenciatura y ser colegiado activo. Se considerará mérito especial tener carrera en el Sistema Penitenciario.
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