Ley del ISR Guatemala Actualizada al decreto 4-2012

Ley del ISR Guatemala Actualizada hasta el decreto 4-2012

Ley del ISR Decreto 26-92 del Congreso de la República Incluidas las modificaciones introducidas con el decreto 4-2012


Decreto 26-92 Ley del ISR Actualizada hasta el decreto 04-2012 - Vigente hasta 31/12/2012

ARTICULO 52. Lotificaciones. La ganancia obtenida por la venta mediante la lotificación de terrenos con o sin urbanización, se considerará renta ordinaria y no ganancia de capital y la misma estará constituida por la diferencia entre el valor de venta del terreno y su costo de adquisición a cualquier  título,  más  las  mejoras  introducidas  en  su  caso,  hasta  la  fecha  de  lotificación  o urbanización.  Cualquiera  que  fuera  el  sistema  de  contabilidad  por  el  que  hubiere  optado  el contribuyente para el resto de sus operaciones, los resultados provenientes de las  lotificaciones deben ser declarados por el sistema de lo percibido. 

El valor  de  las  áreas  cedibles  a  título  gratuito,  destinadas  a  calles,  parques,  áreas  escolares, deportivas, áreas verdes, centro de recreo, y reservas forestales, se considera incorporado al costo del área vendible y, en  consecuencia, su deducción no procede efectuarla separadamente, por tal concepto, aunque dichas áreas hayan sido traspasadas a la municipalidad correspondiente o a otra entidad estatal.


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