LEY DE MIGRACIÓN

LEY DE MIGRACIÓN

DECRETO NUMERO 95 98


LEY DE MIGRACIÓN

Artículo 98.El reglamento establecerá el valor de los documentos migratorios y imponer la Dirección General de Migración de conformidad con la presente ley.

Los ingresos y egresos de la Dirección General de Migración estarán sujetos Contraloría de Cuentas de la Nación.


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