LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

DECRETO NÚMERO 21-2006

LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA


DECRETO NÚMERO 21-2006

Artículo 71. Cotejo de las voces provenientes de una comunicación interceptada. Las voces

provenientes de una comunicación interceptada contra el imputado podrán ser cotejadas por

los medios idóneos para ser incorporados en el proceso penal como evidencias o medios de

prueba.


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