DECRETO NÚMERO 21-04

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA DISTRIBUCIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DESTILADAS, CERVEZAS Y OTRAS BEBIDAS FERMENTADAS

DECRETO NÚMERO 21-04


DECRETO NÚMERO 21-04

ARTÍCULO 27.  Derogatorias.  A partir del inicio de la vigencia de esta ley, se derogan los Decretos Números 07-2002, 08-2002, 10-2002, y sus reformas, todos del Congreso de la República y todas las leyes y disposiciones que se opongan a lo dispuesto en esta ley.


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