DECRETO 82-78 LEY GENERAL DE COOPERATIVAS

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DECRETO 82-78 LEY GENERAL DE COOPERATIVAS

ARTICULO 21.- CONTENIDO DE LA INSCRIPCIÓN. La inscripción constitutiva comprenderá, en forma resumida, lo relativo a los incisos a) al 1) del artículo 19 y hará mención de si se adoptaron estatutos uniformes o bien si la cooperativa tiene estatutos particulares.


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