Decreto 4-2012 Ley Antievasión II
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 4-2012
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el estado tiene como fin supremo la realización del bien común de los guatemaltecos y que el mandato constitucional de guardar conducta fraternal entre si, engendra, la de contribuir a los gastos públicos. Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el régimen económico y social de Guatemala se funda en principios de justicia social para alcanzar el desarrollo económico y social, en un contexto de estabilidad, con crecimiento acelerado y mantenido.
CONSIDERANDO:
Que es necesario adecuar las normas tributarias con la finalidad que las mismas permitan a la Administración Tributaria, ser más eficiente en el control y fiscalización que la ley le impone, en especial en la eliminación del contrabando y la defraudación aduanera que ponen en grave riesgo la economía y la estabilidad del país, y que tienen como consecuencia la pérdida de empleos, la reducción de las inversiones y la pérdida de competitividad del país.
CONSIDERANDO:
Que el Estado necesita mejorar la recaudación tributaria para cumplir con sus fines y que corresponde al Congreso de la República la atribución de decretar, reformar y derogar las leyes tributarias, a efecto que se fortalezca la tributación voluntaria, combatiendo la evasión y elusión fiscal, con el objeto de garantizar la educación, la salud y la seguridad de sus habitantes.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 171 literales a) y c), y 239 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
Las siguientes:
DISPOSICIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA TRIBUTARIO Y EL
COMBATE A LA DEFRAUDACIÓN Y EL CONTRABANDO
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