Documento de referencia sobre el Decreto 10-2012
Artículo 151. Se reforma el numeral 1 del artículo 8 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, el cual queda así:
“1. Los centros educativos públicos y privados, en lo que respecta a la matrícula de inscripción, colegiaturas y derechos de examen, de los cursos que tengan autorizados por la autoridad competente.”
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