Documento de referencia sobre el Decreto 10-2012
Artículo 43. Renta imponible del Régimen Opcional Simplificado Sobre ingresos de Actividades Lucrativas. Los contribuyentes que se inscriban al Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos de Actividades Lucrativas, deben determinar su renta imponible deduciendo de su renta bruta las rentas exentas.
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