Decreto 10-2012

Decreto 10-2012

Documento de referencia sobre el Decreto 10-2012

Decreto 10-2012 Ley de Aduanas, Ley ISR, Ley Primera Matricula

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 10-2012

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA GUATEMALA

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Estado tiene como fin supremo la realización del bien común de los guatemaltecos y que el mandato constitucional de guardar conducta fraternal entre sí, obliga a contribuir a los gastos públicos en forma equitativa. Que la Constitución Política de la República establece que el régimen económico y social de Guatemala se funda en principios de justicia social para alcanzar el desarrollo económico y social, en un contexto de estabilidad con crecimiento acelerado y mantenido.

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el contexto de los Acuerdos de Paz, un amplio y representativo conjunto de sectores de la sociedad guatemalteca, incluyendo a los tres poderes del Estado, suscribieron un pacto fiscal para un futuro con paz y desarrollo, y que en 2008 el Grupo Promotor del Diálogo Fiscal propuso acciones orientadas a materializar los principios y compromisos del pacto fiscal, incluyendo modificaciones legales necesarias para modernizar el sistema tributario guatemalteco.

 

CONSIDERANDO:

 

Que es necesario adecuar y sistematizar las normas tributarias con la finalidad que las mismas puedan ser aplicadas de manera simplificada, que permitan el mejor conocimiento de las mismas para el contribuyente, y otras disposiciones que le permitan a la Administración Tributaria ser más eficiente en la administración, control y fiscalización de los impuestos establecidos en dichas leyes.

 

CONSIDERANDO:

 

Que corresponde al Congreso de la República la atribución de decretar, reformar y derogar las leyes tributarias, que tiendan a combatir la evasión y alusión fiscal y a la actualización de la normativa legal tributaria, basados en la solidaridad de los habitantes del país.

 

POR TANTO:

 

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 135 inciso d), 171 incisos a) y c), 239 y 243 de la Constitución Política de la República de Guatemala,

La siguiente:

 

DECRETA:

 

La siguiente:

 

LEY DE ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA

 

LIBRO I
IMPUESTO SOBRE LA RENTA

 

TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO ÚNICO
ESTABLECIMIENTO GENERAL DEL IMPUESTO

Artículo 1. Objeto. Se decreta un impuesto sobre toda renta que obtengan las personas individuales, jurídicas, entes o patrimonios que se especifiquen en este libro, sean éstos nacionales o extranjeros, residentes o no en el país.

 

El impuesto se genera cada vez que se producen rentas gravadas, y se determina de conformidad con lo que establece el presente libro.

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