Código Tributario de Guatemala

El código tributario de Guatemala

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Código Tributario

ARTICULO 173. Requisitos del título ejecutivo administrativo. Para que los documentos administrativos constituyan titulo ejecutivo de cobranza, deberán reunir los siguientes requisitos:

 

  1. Lugar y fecha de la emisión.

 

  1. Nombres y apellidos completos del obligado, razón social o denominación del deudor tributario y su número de identificación tributaria.

 

  1. Importe del crédito líquido, exigible y de plazo vencido.

 

  1. Domicilio fiscal.

 

  1. Indicación precisa del concepto del crédito con especificación, en su caso, el tributo, intereses, recargos o multas y del ejercicio de imposición a que corresponde.

 

  1. Nombres, apellidos y firma del funcionario que emitió el documento y la indicación del cargo que ejerce aún cuando sea emitido en la forma que establece el artículo 125 de este Código.

 

  1. Sello de la oficina administrativa.


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