El código tributario de Guatemala
ARTICULO 71. Infracciones tributarias. Son infracciones tributarias las siguientes:
Pago extemporáneo de las retenciones.
La mora.
La omisión del pago de tributos.
La resistencia a la acción fiscalizadora de la Administración Tributaria.
El incumplimiento de las obligaciones formales.
Las demás que se establecen expresamente en este Código y en las leyes tributarias específicas.
Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.
Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.