Código Tributario de Guatemala

El código tributario de Guatemala

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Código Tributario

ARTICULO 30. Derogado.

 

* Reformado por el Artículo 1 del Decreto Número 29-2001 del Congreso de la República.

* Reformado por el Artículo 1 del Decreto Número 03-04 del Congreso de la República.

* Suspendido provisionalmente mediante los Expedientes Acumulados números 112 y 122-2004 de la Corte de Constitucionalidad.

* Derogado el Artículo 1 del Decreto Número 03-04 del Congreso de la República, que reformó el artículo 30 del Decreto Número 6-91 del Congreso de la República, por el Artículo 68 primer párrafo del Decreto Número 20-2006 del Congreso de la República.


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