CODIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL

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Artículo 218. (Contenido de la sentencia). Según los casos, la sentencia podrá contener lo siguiente: 1o. La aprobación o improbación de las cuentas; 2o. La condena al pago del saldo que resulte de las mismas; 3o. La condena en daños y perjuicios, que se fijarán prudencialmente por el juez, para el caso de la rebeldía a rendir cuentas. o de improbación de las mismas. tomando como base las afirmaciones del actor; 4o. La condena al pago de intereses legales y de las costas; 5o. La fijación del plazo dentro del cual deberá hacerse el pago; o bien; 6o. La absolución del demandado con base en que no estaba obligado a rendir cuentas.


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