CODIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL
Artículo 260. (Contenido de la demanda). En la demanda debe expresarse:
lo. El nombre, jurisdicción, linderos y situación de la finca:
2o. La parte o partes en que ha sido alterado el lindero;
3o. El nombre de quién o quiénes han hecho la alteración, si se supiere; y los nombres de los colindantes que puedan tener interés en el apeo; y
4o. El lugar en que se pretenda que deban colocarse los mojones, vallas o cercas, debiéndose acompañar los títulos y demás documentos que sirvan para la diligencia.
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