CÓDIGO DE SALUD
ARTICULO 53. Sistema de información nacional en salud. Se entiende por sistema de información en salud. al conjunto de datos estadísticos e informes sobre la situación de salud y sus tendencias, la productividad, cobertura y costos de los servicios de salud y la cuantificación y cualificación de los diferentes recursos humanos, tecnológicos y financieros de las instituciones que conforman el Sector, El Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Estadística reglamentarán su organización funcionamiento según su campo de acción.
Para mantenerte al tanto de todas las actualizaciones de este sitio, deberias seguirnos @nuestrodiamante.
Sitio gratuito gracias a Ingenieros de Sistemas Asociados, S.A., que no se responsabiliza del uso, interpretación y presentación del contenido de este sitio.