CÓDIGO DE SALUD

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ARTICULO 31.  Integración Docencia/Servicio. Las instituciones formadoras de recursos humanos en salud a nivel de pre- grado y post- grado, favorecerán la vinculación del educando a los servicios de salud, como una de las estrategias básicas en su proceso de formación para lo cual se ratificarán, aprobarán e implementarán los acuerdos interinstitucionales que sean pertinentes.


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