Código Civil de Guatemala

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Código Civil

ARTICULO 412.- (Formalidades de la partida de defunción).- El acta de defunción deberá expresar, en cuanto sea posible: 1o.- El nombre, apellido, edad, sexo, origen, domicilio o residencia, profesión u oficio de la persona muerta, indicando el nombre y apellido del cónyuge, si hubiere sido casado; 2o.- El lugar, fecha y hora en que hubiere acaecido la muerte y la enfermedad o causa de la defunción; 3o.- Los nombres y apellidos del padre y de la madre del muerto, si se supieren; 4o.- Si testó y ante quien; y 5o.- Los nombres, apellidos, edades, profesiones y domicilios de los declarantes. 


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