Código Civil de Guatemala

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Código Civil

ARTICULO 822.- (Concepto).- La hipoteca es un derecho real que grava un bien inmueble para garantizar el cumplimiento de una obligación. 

ARTICULO 823.- (No hay saldo insoluto).- La hipoteca afecta únicamente los bienes sobre que se impone, sin que el deudor quede obligado personalmente ni aun por pacto expreso.

ARTICULO 824.- (Derecho de acreedor hipotecario).- Artículo 31 del Decreto-Ley número 218.- La constitución de la hipoteca da derecho al acreedor para promover la venta judicial del bien gravado cuando la obligación sea exigible y no se cumpla. *(ms140)*

Es nulo el pacto de adjudicación en pago que se estipule al constituirse la hipoteca. 

ARTICULO 825.- (Indivisibilidad de la hipoteca).- La hipoteca es indivisible y como tal, subsiste íntegra sobre la totalidad de la finca hipotecada aunque se reduzca la obligación.


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