ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 737-92

REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO DE TIMBRES FISCALES Y DE PAPEL SELLADO ESPECIAL PARA PROTOCOLOS

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 737-92


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 737-92

ARTICULO 54. DEL FUNCIONAMIENTO Y CONTROL DE LAS MAQUINAS. El importador deberá instruir a los funcionarios y empleados que designe la Dirección sobre el manejo completo de las máquinas que tuviere en demostración, con el objeto de facilitar la fiscalización del impuesto.


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