ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 213-2013

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 213-2013

REGLAMENTO DEL LIBRO I DE LA LEY DE ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA, DECRETO NÚMERO 10-2012 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, QUE ESTABLECE EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 213-2013

Artículo 85. Determinación del importe de la retención a No Residentes, cuando se establezca en moneda extranjera. Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 105 de la Ley, el importe de la retención sobre los pagos o acreditamientos en cuenta a beneficiarios no residentes sin establecimiento permanente, deberá efectuarse tomando como base el equivalente en quetzales de las divisas respectivas, considerando el tipo de cambio de referencia publicado diariamente por el Banco de Guatemala, conforme las regulaciones cambiarías que se encuentren vigentes, a la fecha del pago o a la fecha del acreditamiento en cuenta, según el caso.

El formulario de pago del impuesto retenido, constituirá además la constancia de retención.


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