REGLAMENTO DEL LIBRO I DE LA LEY DE ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA, DECRETO NÚMERO 10-2012 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, QUE ESTABLECE EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
Artículo 2. Definiciones y abreviaturas. Sin perjuicio de otras definiciones o abreviaturas que figuren en este Reglamento, para los efectos del mismo se entiende por:
a) "Ley" o la expresión "de la Ley", se refiere al Libro I, Impuesto Sobre la Renta, del Decreto número 1-0-2012 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Actualización Tributaria.
b) "IGSS", el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.
c) "IPM", el instituto de Previsión militar
d) "SAT” o "Administración Tributaria", la Superintendencia de Administración Tributaria.
e) "El impuesto" o "del impuesto", el Impuesto sobre la Renta establecido en el Libro I del Decreto número 10-2012 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Actualización Tributarla.
f) “De este Reglamento” o “del Reglamento, ” se refiere al presente Acuerdo Gubernativo
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