ACUERDO GUBERNATIVO No. 425-2006
Artículo 17. Promedio de exportaciones. Para efectos del cálculo del promedio mensual referido en artículo 1, primer párrafo de la Ley, la Administración Tributaria tomará el valor total, libre a bordo (FOB por sus siglas en inglés) de las exportaciones realizadas durante el año calendario inmediato anterior
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