REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA

ACUERDO NUMERO 001-2007

REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA


ACUERDO NUMERO 001-2007

Artículo 38. Vigencia. El presente reglamento entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Guatemala, a trece días del mes de de septiembre de dos mil siete.


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