REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA

ACUERDO NUMERO 001-2007

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ACUERDO NUMERO 001-2007

Artículo 16. Otros nombramientos. Los Directores de Departamentos serán nombrados por el Consejo Directivo, en razón de la preparación académica, experiencia adquirida, habilidades y aptitudes en las respectivas áreas que se desempeñen, valorada la opinión del Director General.

Los profesionales o técnicos interesados en los puestos referidos en el párrafo que antecede formularán su solicitud directamente al Consejo Directivo acompañando el currículo correspondiente y sus acreditaciones pertinentes; y someterse en su oportunidad a los exámenes de oposición, cumpliendo con los requisitos de la carrera del INACIF conforme a sus leyes y reglamentos


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