Reglamento de Multas a las Cooperativas

Reglamento de Multas a las Cooperativas

Reglamento de Multas a las Cooperativas


Resolución Número 46-2011-CD

Articulo 25. Documentos de la Asamblea General Ordinaria Anual. La Cooperativa que no presente dentro del plazo de treinta días calendario posteriores a la celebración de la Asamblea General Ordinaria Anual al Registro o a la oficina Regional que corresponda, certificación del Acta respectiva, la nómina de las personas electas para su inscripción, la memoria de labores del año anterior y los estados financieros, será sancionada con multa entre cien quetzales a quinientos quetzales (Q100.00 a Q500.00).


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