Reglamento de Multas a las Cooperativas
Articulo 2. Nomenclatura. Para efectos del presente reglamento, se entenderá:
1. Por la Ley: la Ley General de Cooperativas.
2. Por el Reglamento de la Ley: el Reglamento de la Ley General de Cooperativas.
3. Por el Instituto: el Instituto Nacional de Cooperativas, INACOP.
4. Por la Inspección: la Inspección General de Cooperativas, INGECOP.
5. Por el Consejo: el Consejo Directivo del INACOP.
6. Por la Gerencia: la Gerencia General del INACOP.
7. Por el Registro: el Registro de Cooperativas.
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