Reglamento de Multas a las Cooperativas
Articulo 13. Ventajas o privilegios injustificados. La Cooperativa que establezca ventajas o privilegios a favor de determinados asociados, que sobrepasen a los establecidos como derechos según los Estatutos.
La violación de cualquiera de las prohibiciones indicadas en los tres artículos anteriores, dependiendo de su gravedad, serán sancionadas con multa entre cien quetzales a quinientos quetzales (Q100.00 a Q500.00).
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