Reglamento de Multas a las Cooperativas
INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVAS
RESOLUCIÓN NÚMERO 46-2011-CD
AMPLIADA MEDIANTE RESOLUCIÓN NÙMERO 67-2011-CD
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVAS
CONSIDERANDO:
Que la Ley General de Cooperativas establece un régimen de fiscalización y control para el mejor desenvolvimiento de las Cooperativas y faculta al INACOP para sancionarlas por contravención de las disposiciones legales aplicables. Por otro lado, los artículos 48 y 49 del Reglamento de la citada Ley, disponen que las sanciones por concepto de multas, sean de la competencia del Consejo Directivo del INACOP, conforme el reglamento que elaborará este Instituto, el cual regulará el procedimiento para la aplicación de tales sanciones.
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Gubernativo número 54-2010 de fecha 10 de febrero de 2010, del Presidente de la República, autoriza al Instituto Nacional de Cooperativas, para que pueda percibir y administrar ingresos propios, producto entre otros aspectos, a los cobros que realice en concepto de las sanciones pecuniarias impuestas a las Cooperativas por infracciones a las normas aplicables.
CONSIDERANDO:
Que es conveniente la emisión del Reglamento de Multas a las Cooperativas, en virtud de que la experiencia y la practica administrativa demuestran que la imposición de multas de esa índole, constituye uno de los mecanismos a utilizarse para lograr y agilizar la corrección o la eliminación de las irregularidades o contravenciones legales, por parte de las aludidas entidades.
POR TANTO:
En el ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 41 inciso e) y k) de la Ley General de Cooperativas; el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Cooperativas;
RESUELVE:
Emitir el siguiente, REGLAMENTO DE MULTAS A LAS COOPERATIVAS:
CAPITULO I
SECCION PRIMERA
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1. Competencia. Compete al Consejo Directivo del INACOP, la aplicación de las multas reguladas en el presente Reglamento.
Articulo 2. Nomenclatura. Para efectos del presente reglamento, se entenderá:
1. Por la Ley: la Ley General de Cooperativas.
2. Por el Reglamento de la Ley: el Reglamento de la Ley General de Cooperativas.
3. Por el Instituto: el Instituto Nacional de Cooperativas, INACOP.
4. Por la Inspección: la Inspección General de Cooperativas, INGECOP.
5. Por el Consejo: el Consejo Directivo del INACOP.
6. Por la Gerencia: la Gerencia General del INACOP.
7. Por el Registro: el Registro de Cooperativas.
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